A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Ortiz Caraballo Maria De La Concepcion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Sección B -Sala de Decisión Oral del Tribunal Administrativo del Atlántico y el Juzgado Once Laboral del Circuito de Barranquilla (Atlántico).
La controversia entre los precitados despachos se originó en el trámite del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, como acción de lesividad, que interpuso Colpensiones contra una Resolución de autoría del extinto Instituto de Seguros Sociales, por medio de la cual se reconoció una pensión de vejez a favor de una ciudadana, por considerar que hubo dos resoluciones en las que se presentan incompatibilidad al hacer la reliquidación de la pensión.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 316/21, según la cual, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, regla de decisión que según lo planteado en Auto 840 de 2021, resultaba aplicable a las demandas en contra de los actos administrativos proferidos por una entidad pública liquidada, como es el extinto ISS, interpuesta por Colpensiones, entidad que la subrogó en sus derechos y obligaciones.
Con base en lo anterior, se dispuso el envío del expediente a la Sección B – Sala de Decisión Oral del Tribunal Administrativo del Atlántico, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Once Laboral del Circuito de Barranquilla (Atlántico) y a las partes interesadas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sección B - Sala de Decisión Oral del Tribunal Administrativo del Atlántico y el Juzgado Once Laboral del Circuito de Barranquilla (Atlántico), en el sentido de DECLARAR que la Sección B - Sala de Decisión Oral del Tribunal Administrativo del Atlántico es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Colpensiones contra la señora María de la Concepción Ortiz Caraballo.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3109 a la Sección B - Sala de Decisión Oral del Tribunal Administrativo del Atlántico para que proceda con lo de su competencia y les comunique la presente decisión al Juzgado Once Laboral del Circuito de Barranquilla (Atlántico) y a las sujetos procesales y partes interesadas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.